martes, 24 de enero de 2012

Estudiantes Extracomunitarios Crónicos Involuntarios


POR: CATALINA MAGALLANES
Teniendo en cuenta que la entrada a España por razones de estudios se ha convertido en una vía habitual de inmigración regular, y que la misma se destaca por tratarse de un colectivo migratorio cualificado y ampliamente beneficioso para la sociedad receptora; hoy nos ocupa reflexionar acerca de los estudiantes extranjeros de terceros países o no comunitarios, debido a su situación particular como personas cualificadas que en su mayoría traen a este país o donde quiera que vayan, una carga académica e intelectual enriquecedora en el proceso de intercambio derivado de esa situación, y de la cual nos preocupa el sin fin de limitaciones a los que son expuestos y sobre todo cuando deciden continuar su proyecto de vida en España después de haber invertido dos o más años de vida académica y económica en las universidades Españolas.

Ha de partirse en la convicción de simplificar los mecanismos de acceso a la residencia y trabajo de los estudiantes extranjeros y así evitar los abusos y las restricciones a sus derechos que obstaculizan la posibilidad de conseguir el referido permiso, dejando como única opción para continuar en España el seguir prorrogando su estancia y ser un estudiante crónico involuntario.

Como se ha dicho, en España un estudiante ingresa con permiso de estancia, lo que implica que no es residente, solo está autorizado a “estar” como estudiante, no pudiendo acceder a ninguno de los derechos que posee un extranjero titular de una autorización de residencia.
El residente en España es titular del derecho a la prestación sanitaria gratuita si es insolvente, a cotizar y recibir las prestaciones derivadas del desempleo, a la nacionalidad por residencia, a los derechos de ayudas por vivienda ya sea en alquiler o propiedad, entre otros, y lo más importante a trabajar libremente en la actividad elegida o la oportunidad que se presente en la cantidad de horas necesarias deseadas e incluso posee el derecho a recibir los mismos derechos y trato de un trabajador nacional según lo ratificado por España en el Convenio Nº 143 de la OIT.

De acuerdo a la legislación en materia de extranjería el Estudiante se encuentra limitado a trabajar veinte horas semanales como máximo y preferentemente en la actividad relacionada con su formación, debe pagar su prestación sanitaria y todos los demás gastos que deriven de su estancia en España como estudiante; para cambiar su estatus de estancia a residencia y trabajo posee dos opciones. Si desea solicitar una autorización de residencia y trabajo antes de los tres años de estancia en España, debe realizar un trámite previo de autorización de residencia y trabajo condicionado a que la empresa no posea deudas con hacienda y la seguridad social (cosa complicada en los tiempos que transcurren) y otras condiciones de estabilidad laboral que se requieren.

Si tiene la suerte de pasar este trámite y ser autorizado debe volver a su país de origen en búsqueda del visado de autorización de residencia y trabajo, lo cual es una opción muy costosa.

El otro supuesto, que correspondería al haber pasado tres años de estancia en España, el mismo podrá solicitar la modificación del trámite de situación de estancia a residencia y trabajo o arraigo social, si corresponde en el caso de los estudiantes con determinadas becas sin la obligación de volver a su país en busca del visado.

El inconveniente radica en que el condicionamiento de la autorización a que la empleadora reúna determinados requisitos, hace que el trámite se vuelva casi imposible y los estudiantes se ven obligados a seguir estudiando y prorrogando su estancia indefinidamente con todas las restricciones de derechos que acarrea esta situación.

Al fracasar alguna de las 2 vías señaladas, muchas veces el extranjero recurre a otras alternativas en fraude a la ley para la obtención de la residencia, tales como el matrimonio o pareja de hecho por conveniencia.

Dicho problema trae aparejado la situación de abuso y explotación por parte de las empresas o empleadores al contratar trabajadores estudiantes para lograr para ellos un doble beneficio económico, evitando cotizar una contratación normal por la cantidad de horas reales que trabajan, y a su vez contratando personal cualificado.

Debería sorprender, pero es habitual que en España encontremos estudiantes que llevan más de cinco años en esta situación y no por el hecho de que su proyecto profesional haya sido el seguir estudiando, por el contrario, simplemente por no caer en la precariedad que implica estar en irregularidad administrativa al no poder obtener el contrato como requisito indispensable para la residencia, reiterándose una vez más que la regularidad de un extranjero y ser humano en materia de extranjería está supeditado al trabajo.

Otra situación preocupante son las renovaciones para los estudiantes; en Barcelona se constatan situaciones en las cuales se deniegan las solicitudes de renovación por extemporáneas (fuera de plazo) cuando las citas son solicitadas a través del sistema al no permitir el mismo la elección de la fecha cuando en ocasiones tales citas son concedidas posteriormente al vencimiento de la autorización ocasionando la negativa de la solicitud de renovación, por considerarse que se presenta fuera del término, sin tener en cuenta que fue solicitada antes del vencimiento y que los cursos formativos no concluyen para tales fechas, no obstante que la subdelegación es notificada de ello a través de una carta del respectivo tutor que certifica que el alumno se encuentra cursando en forma regular y especifica nuevamente la fecha de final de estudio.

Siguiendo la lógica o intentando hacerlo, cuando un estudiante solicita un permiso de estancia y presenta un plan de estudios, por ejemplo: de dos años, lo natural sería que se le otorgue tal permiso por esos dos años siendo ilógico pretender que interrumpa la formación (que normalmente son muy costosas) o continuarla en forma irregular como ocurre en otras ocasiones.

Debido a la experiencia con los estudiantes extracomunitarios y la situación de crisis generalizada que se atraviesa actualmente, debería plantearse esta problemática y abrir el camino a la residencia y trabajo como mínimo, de aquellos estudiantes que llevan más de tres años en España aportando tiempo, dinero, intelectualidad, creatividad y lo más importante, que de alguna u otra forma están netamente integrados en el país y dejar de condicionar la residencia y trabajo a un contrato que ya no depende del extranjero, sino del empleador/a o empresa que reúna unas condiciones que no se ajustan a la realidad que se vive.

2 comentarios:

  1. El hecho de ser extranjero comporta una situación per se ya dificil, pues al no estar en tu país debes de acomodarte a nuevas leyes, obligaciones e incluso derechos, como estudiante me ha tocado vivir esta situación en la que no me es permitido trabajar, pero además en mi caso al no ser estudiante becario no recibo ingresos mensuales y además de realizar el gasto de los estudios debo realizar gastos de vivienda, alimentación, vestido, por lo que la situación económica aún se complica más, quizas la valoración individual de este tipo de casos podría mejorar las oportunidades para algunos estudiantes pero creo que por ahora solo queda esperar a ver si se revisan las leyes en esta materia.

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    1. Creo que este articulo refleja muy bien algunas de las circunstancias que actualmente rodean a la realidad de las personas muy preparadas académicamente, y que aun así pueden encontrarse imposibilitados para trabajar en Barcelona. Es cierto, que la situación ha cambiado y que las oportunidad para el empleo se han visto realmente reducidas actualmente. Sin embargo, la figura del eterno estudiante sigue siendo un comodín del que muchas empresas, algunas con muy pocos escrúpulos, se benefician sin ningún pudor. Y lo que es peor aún, con mucha falta de humanidad pues son capaces de “usar” al pasante extranjero por años y luego votarlo sin ni siquiera darle la oportunidad de haber regularizado su situación en el país. Dejando en situacines bastante precarias tanto al “estudiante" como a su familia. Como ha sido el caso de mi esposo.
      En fin, creo que es necasario que se reconozca el esfuerzo de aquellos que llevamos en españa tiempo, y se nos faciliten las vías para poder trabajar y constribuir correctamente con España al aportar dinero (a través de la seguridad social), intelecto, creatividad y capacidad laboral.

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